El TSJA rechaza el pasaporte covid para hostelería y ocio en Andalucía

El TSJA rechaza el pasaporte covid para hostelería y ocio en Andalucía

Hostelería. / Axarquíaplus

El auto determina que la Administración puede volver a presentar una ratificación

ANDALUCÍA- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no ha aprobado la orden que exige el certificado covid o prueba diagnóstica para acceder a los establecimientos de hostelería y ocio. El Alto Tribunal ha señalado que esta medida no tiene el requisito de proporcionalidad puesto que la ley debería aplicarse a toda persona que acceda, incluyendo trabajadores y usuarios.

A pesar de que la Fiscalía Superior de Andalucía ha avalado la implantación de esta orden para el próximo 15 de enero. Según el TSJA la Administración autonómica podría solicitar una ratificación en la que se contemple la orden solo a los usuarios que acudan al establecimiento.

"Se exige a cualquier persona que pretenda acceder al interior de estos establecimientos, con total independencia de cuál sea la finalidad que motiva este acceso", según se recoge en el auto del TSJA. En este sentido, se pide la aplicación de los trabajadores que tengan que acceder a los establecimiento, incluidos los de carácter ocasional.

Asimismo, el TSJA ha considerado que no hay proporcionalidad para los trabajadores durante el ejercicio profesional que estarían obligados a vacunarse o por el contrario, presentar una prueba negativa cada 48 o 72 horas, que tendrán que costear hasta la finalización de la orden.

Además se ha recordado el uso vigente obligado de la mascarilla en interiores por los usuarios que visiten estos establecimientos.

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