El objetivo es potenciar la implantación de las energías renovables en las viviendas y otros edificios de la localidad
Campillos (MÁLAGA) - El Pleno del Ayuntamiento de Campillos acordó en la sesión celebrada este pasado jueves la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) con el objetivo de potenciar la implantación de las energías renovables en las viviendas y demás edificios de la localidad. Esta moción fue aprobada por unanimidad y suma nuevas bonificaciones a las ya recogidas anteriormente en dicha ordenanza.
El alcalde de Campillos, Francisco Guerrero, ha afirmado que "estas medidas suponen una apuesta política de este Ayuntamiento por las energías renovables en beneficio de la ciudadanía a través del autoconsumo. Es una apuesta firme y decidida por un modelo social frente a los modelos de macroplantas fotovoltaicas que se pretenden instalar y que únicamente benefician a las compañías eléctricas".
Por tanto, se aumenta el periodo de bonificación del 50 % del IBI de cinco a siete años por la instalación de placas solares fotovoltaicas dirigidas al autoconsumo. La idea original del Ayuntamiento era aumentar la rebaja en el recibo del IBI hasta el 90 %, pero la Ley de Haciendas Locales limita este tipo de deducciones al 50 %, por lo que se optó por ampliar el tiempo de bonificación de cinco a siete años.
En cuanto a la implantación de placas solares térmicas, se han incrementado las ayudas económicas a aplicar en el recibo del IBI, que ahora pasan del 30 % al 50 % y de tres a cinco años de duración. Los cambios aprobados en esta ordenanza incluyen también la aplicación de todas estas bonificaciones a locales comerciales, naves industriales, instalaciones agrícolas y ganaderas, así como cualquier otra instalación que disponga de la correspondiente licencia de utilización. Hasta ahora este tipo de instalaciones no se beneficiaban de estos descuentos y esta iniciativa servirá también como impulso al tejido económico y empresarial del municipio. Además, queda recogido que la cantidad total bonificada en ningún caso podrá superar el cien por cien de la inversión realizada.



