Las multas se han puesto en tres días consecutivos
MÁLAGA - Agentes de la Policía Nacional han procedido desde el pasado lunes a proponer para sanción a 23 personas que disfrutaban de un baño en el Embalse del Limonero por cumplimiento del Real Decreto 463/2020. En dos ocasiones fue el personal de seguridad del recinto quien puso de manifiesto los hechos, al comprobar que un numeroso grupo de personas habrían accedido a la presa en los primeros días de la fase 0 de la desescalada. Para poder entrar a bañarse han tenido que saltar una valla y pasar por una zona prohibida.
Los hechos vienen ocurriendo desde el pasado lunes cuando los agentes acudieron al pantano y encontraron a cinco personas dándose un baño, todas ellas fueron propuestas para sanción por desobediencia a las medidas adoptadas en el Real Decreto por Estado de Alarma.
El martes, el servicio de seguridad del embalse volvió a alertar a través de una llamada a la Sala del 091 que de igual modo había gente bañándose y a su llegada los agentes localizaron a doce personas que fueron identificadas y propuestas para sanción por desobediencia al R.D. 463/2020.
En el día de hoy, una dotación policial ha acudido al lugar para evitar nuevamente el incumplimiento por personas que pasearan por la zona, encontrándose de nuevo a otras seis personas bañándose en la presa. Todas ellas han sido identificadas y denunciadas por incumplimiento de las medidas restrictivas recogidas en el R.D. por Estado de Alarma.
Paseos y deportes al aire libre
Desde la Policía Nacional se recuerda la existencia de franjas horarias así como condiciones diferentes para actividades deportivas realizadas según los deportistas sean profesionales, federados o aficionados.
Los deportistas aficionados pueden desarrollar su práctica UNA vez al día, dentro de las franjas horarias -desde las 06:00 a 10:00 horas por las mañanas o de 20:00 a 23:00 - y como límite 1 km dentro del municipio de residencia.
Para deportistas profesionales y de alto nivel se les permite el acceso a lugares naturales –mar, ríos, embalses-, SIN LIMITE de duración y en el horario necesario, pudiéndolo realizar en el término de la provincia en la que resida.
A deportistas federados les está permitido igualmente el acceso a lugares naturales, estando limitado su práctica a DOS veces al día y dentro de las franjas horarias -desde las 06:00 a 10:00 horas por las mañanas y de 20:00 a 23:00 -.
Con la intención de seguir concienciando a los ciudadanos, los agentes del Cuerpo Nacional de Policía seguirán velando por su cumplimiento intensificando en caso de ser necesario el número de controles y dispositivos.


