El cuerpo médico tardó cinco años en detectarle la enfermedad
MÁLAGA - Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Malaga, ha estimado parcialmente la demanda presentada por el Abogado Damian Vazquez, perteneciente a los servicios jurídicos de la Asociación del Defensor del Paciente, y condena al Servicio Andaluz de Salud a indemnizar a los padres de un menor a una indemnización de 110.000 € por el fallecimiento de su hijo al no realizarle a tiempo un trasplante de medula pese a los síntomas y enfermedades que presentaba.
Según informó Vazquez a través de un comunicado "el niño nació en 2005 mediante cesárea por perdida de bienestar fetal, que transcurrió sin incidencia". Asimismo, explican que tuvo seguimiento en el Hospital Regional Universitario Carlos Haya de Málaga desde los seis meses de vida. No obstante y a pesar de que en sus antecedentes familiares un abuelo padecía una insuficiencia de las glándulas suprarrenales – enfermedad de Addison. El Servicio Andaluz de Salud "no hizo constar nada, sobre todo en las citas y exploraciones del endocrino, donde no se molestaron ni preguntaron por sus antecedentes familiares, ya que la enfermedad de Addison es una enfermedad hereditaria y hubiera servido una exploración adecuada para un diagnóstico certero y más temprano".
En la demanda presentada por el Abogado Damian Vazquez, colaborador de la Asociación Defensor del Paciente, se indicaba que no es hasta el día 7 de Diciembre de 2010, "con una evidente demora de más de 5 años, cuando al paciente menor de edad le diagnostican la Adrenoleucodistrofia ligada al cromosoma X, siendo la única posibilidad para frenar la enfermedad realizar cuanto antes un trasplante de Médula Ósea, por lo que se solicita una consulta al Servicio de Hematología para valoración de dicho trasplante. Cuando se pide ya es demasiado tarde, al superar el LOES el límite de 9, por lo que no proceden al trasplante de medula, única solución medica posible en este caso y que como se explicó en el juicio, llega a un 95% de supervivencia a los 5 años si es diagnosticado de forma temprana".
Con respecto a los síntomas y cuando se constató la presencia de una hiperpigmentacion cutánea de la piel del menor, el día 30 de agosto de 2007, con dos años y cuatro meses, acudió a la consulta de neuropediatría. Al parecer, el menor sufría caídas frecuentes y se observó que el niño tenía una coloración morena de la piel, que llamó la atención el facultativo. A juicio del 'Defensor del Paciente' fue "inaceptable que no se interpretase adecuadamente un síntoma tan absolutamente clave y característico como es la hiperpigmentación".
El Letrado Damian Vazquez expone que incluso se vuelve a apreciar en consulta del mes de octubre y en sucesivas sin que se investigue adecuadamente, y conforme va aumentando el deposito de melanina por la enfermedad de Addison se va acumulando en los codos, mucosas, etc.
"Pese a que iba empeorando y progresando con el tiempo, no se realizó el mas mínimo esfuerzo por el SAS para conocer su origen, por lo que existió un retraso diagnóstico de la enfermedad de Addison y ello llevo finalmente a su desgraciado fallecimiento", añade Vazquez.
Lo que resulta lamentable, según palabras del Abogado Damian Vazquez, de la Asociación del Defensor del Paciente, "es que se podía haber salvado su vida haciendo a tiempo algo tan simple como una analítica de sangre en la que se estudiaran los ácidos grasos (AGCML) en sangre y una Resonancia Magnética Nuclear craneal con contraste, prueba de elección para el diagnóstico y para el estudio del grado de afectación cerebral en esta enfermedad y haber sabido interpretar los claros síntomas del niño. Eso lo hubiera hecho merecedor de un trasplante de medula a tiempo, para salvar su vida, junto a la resonancia magnética que tampoco se repite durante muchos años (la última se hizo cuando tenía 1 año y 5 meses)".
"Se fueron presentando otros síntomas, pero pese a ello la sanidad andaluza no diagnostico correctamente al menor". Incluso más adelante se tardó "6 meses en nueva cita para endocrino y para hacer las pruebas, que repetimos se trata de una simple analítica". Cuando realizan al diagnóstico y se valoró la posibilidad de tratamiento el día 29 de noviembre de 2010, "era muy tarde", manifestó.
Según explica el Letrado Damian Vazquez, de la Asociación del Defensor del Paciente, se reclamó por una evidente negligencia médica, y el juzgado ha dado la razón, "queriendo destacar el calvario de los padres, que además intentaron en su día ante los escasos medios económicos que tenían, solicitar ayuda para que su hijo fuera atendido en EEUU y poderle realizar el trasplante, siguiendo esa lucha hasta que falleció".
Además el Consejo Consultivo de Andalucia en su dictamen solicitaba que se estimara la reclamación y el SAS no hizo caso, lo que ha obligado a los padres a un peregrinaje judicial. La sentencia, por ahora, no es firme.


