Moción al pleno
MÁLAGA.- El PP en el Ayuntamiento de Málaga ha presentado una moción al próximo pleno en la que insta a la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía a que proceda a realizar y completar los trámites burocráticos finales para registrar el convenio negociado en 2013 entre el Comité de Empresa y Servicios de Limpieza Integral de Málaga III, como el Convenio Colectivo en vigor de 2013 a 2015.
En el texto han recordado que, en la actualidad, se está negociando en la empresa Limasa III el próximo convenio colectivo para el ejercicio 2016, puesto que el que actualmente rige las relaciones laborales finaliza el 31 de diciembre del año corriente. Así, han precisado que este Convenio Colectivo en vigor es el que se firmó con el Comité de Empresa en 2013, año en el que ante las dificultades para conseguir un acuerdo negociado, se inició el 25 de noviembre de 2013 la tramitación del expediente para aplicación de un ERTE en Limasa, que se aplicaría en el ejercicio 2014.
Además, al igual que ha sucedido recientemente, aquel año, con fecha 27 de noviembre, el Comité de Empresa anunció huelga indefinida a partir del 20 de diciembre de 2013. No obstante, a pesar de ello, tanto desde la dirección de la empresa como desde el comité, se mantuvieron las negociaciones, que culminaron el 23 de diciembre de 2013 con la firma y el acuerdo para el Convenio Colectivo 2013 -2015.
Mediante este acuerdo, por el que se puso punto y final a la huelga de ese año, se modificaron puntos del texto del Convenio colectivo 2010-12, manteniéndose invariable y ratificándose el resto de ese convenio, dando como resultado un Convenio Colectivo para el periodo 2013-2015 como se pretendía con la negociación mantenida.
Así, el texto firmado recoge expresamente los artículos que se modifican y alude al resto del convenio ratificándolo, puesto que literalmente se señala que "varían los artículos 2, 3, 25, 26, 40, 48, 57 y anexo de vestuario; el resto de articulados no se modifican", y se finaliza y firma textualmente, por todas las partes, con la frase "finaliza la sesión con la firma del presente principio de acuerdo de convenio colectivo de 2013 a 2015".
Posteriormente, este principio se elevó, por el Comité de Empresa, a la ratificación de la asamblea de trabajadores, celebrada el 26 de diciembre posterior, donde fue aprobado. Por parte de la empresa, tal y como se había acordado, se procedió a la retirada del expediente de ERTE ya tramitado. Por lo que, con este convenio aprobado "se lograban los objetivos deseados y manifestados por todas partes".
Tras esa firma, según se añade en el texto de la moción, desde la empresa se realizaron todos los trámites que marca la normativa para registrar el correspondiente Convenio Colectivo para los ejercicios 2013 a 2015, que ha venido rigiendo las relaciones laborales en la empresa. Pero aseguran que "este trámite no se ha podido completar, pues a pesar de ser un mero acto administrativo ante la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía --actualmente Consejería de Empleo, Empresa y Comercio--, desde esta, con una notable falta de interés, se aducen defectos de forma que han sido sobradamente solventados".
No obstante, han precisado que los documentos tramitados, las negociaciones alcanzadas y los documentos firmados "cumplen" con lo que estipula el artículo 8.2 del Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, en el que señala que "el pacto que ponga fin a la huelga tendrá la misma eficacia que lo acordado en Convenio Colectivo".
Por tanto, "el convenio en vigor en estos momentos es el que se deriva del último documento firmado y aprobado en 2013, en el que se recoge la modificación de determinados artículos y el mantenimiento del resto del convenio, tal y como se expresa literalmente en el mismo" y "como es lógico entender, este convenio plenamente ratificado es el único convenio colectivo en vigor para la empresa para el periodo 2013-2015, que es el que debe ser tomado como punto de referencia".




