Contratación laboral de alta dirección
MÁLAGA.- La empresa de abastecimiento de agua de Málaga, Emasa, iniciará en los próximos días una fase de concurso público para la designación de la persona que sustituirá a su actual director gerente, José Luis Rodríguez, quien abandonará el puesto por jubilación.
Según las bases que regularán este procedimiento, la persona que ocupe el puesto lo hará mediante un contrato laboral de alta dirección, que se extinguirá cuando lo haga la actual corporación municipal, según ha informado el Ayuntamiento a través de un comunicado.
Para aquellas cuestiones no estén previstas en dicho contrato, se aplicará el Real Decreto 1282/1985, de 1 de agosto que regula la relación laboral de carácter especial de personal de alta dirección. El cargo está dotado con unas retribuciones de 84.578 euros, más una productividad por complemento de objetivos que será como máximo de un 20 pro ciento del fijo.
En relación con las funciones del futuro director gerente de Emasa, han explicado que deberá asumir las que están previstas en los estatutos de esta empresa pública municipal, como son, entre otras, cumplir y hacer cumplir fielmente los acuerdos del Consejo de Administración, presentar anualmente a la aprobación del Consejo de Administración un Plan de Dirección que comprenda los posibles Objetivos Generales de la Sociedad, elaborar los Planes de Explotación, Tesorería e Inversiones y remitir anualmente al Ayuntamiento las previsiones de gastos e ingresos de la Sociedad, así como, el Programa anual.
Asimismo, deberá proponer al Consejo de Administración los recursos físicos y financieros necesarios para el cumplimiento exacto del Plan de Dirección, informar a los señores Consejeros, en los respectivos Consejos, sobre el estado de cumplimiento del Plan de Dirección, y en general, de la marcha de la Sociedad, preparar un resumen anual de las actividades de la Sociedad, analizando el grado de cumplimiento de los objetivos previstos, adoptar cuantas determinaciones estime oportunas para la dirección de la Empresa, dando cuenta al Consejo y requerir los asesoramientos técnicos que sean necesarios, en cada ocasión, para la marcha normal de la Empresa, respetando las funciones respectivas del Secretario, Interventor y Tesorero de la Corporación, con arreglo a los preceptos legales en vigor.
También deberá ejercer la jefatura inmediata de todos los servicios de la Empresa, así como, la de todas sus dependencias, inspeccionando, fiscalizando y vigilando la actividad de los mismos, sin perjuicio de las funciones de control que correspondan al Consejo y a los órganos Municipales competentes y ejercer la jefatura directa e inmediata de todo el personal al servicio de la Sociedad, nombrando y separando el personal de plantilla, señalando sueldos y emolumentos, y concediendo los premios o imponiendo las sanciones que estime procedentes, informando de ello al Consejo de Administración.
Además de representar a la Empresa en la realización de los actos jurídicos, propios de su competencia, previo acuerdo del Consejo, salvo en las materias de específica competencia del Director Gerente, en donde no será preciso dicho acuerdo; ordenar pagos hasta la cantidad que el Consejo determine, proponiendo al mismo los de cuantía superior; y en caso urgente o peligro inminente de daño grave o irreparable para la Sociedad, podrá llevar a cabo, bajo su responsabilidad personal, los actos que fueran necesarios dando cuenta inmediatamente al Presidente del Consejo de Administración y, en la primera reunión, a dicho órgano de gobierno y administración o a la Comisión Permanente, si ésta se celebrara antes.
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA
A este procedimiento podrá concurrir cualquier profesional especialmente capacitado, y que tenga suficientemente acreditada su competencia e idoneidad para el cargo, así como disponibilidad inmediata y dedicación exclusiva tras un periodo de prueba. Además de contar con la necesaria titulación académica, el candidato deberá demostrar experiencia en la dirección/gerencia/gestión de entidades públicas o privadas relacionadas directa o indirectamente con la gestión y administración del ciclo integral del agua. O, en otro caso, experiencia de, al menos, dos años en la dirección/gerencia de entidades del sector público.
En lo que se refiere al sistema de selección, la persona designada será la que más puntuación obtenga en la baremación de sus méritos académicos y profesionales. Una vez seleccionados los aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación (como máximo cinco), se les realizará una entrevista personal, que servirá para poner de manifiesto su competencia e idoneidad y en la que deberán resolver supuestos de tipo práctico relacionados con el puesto.




