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El Ayuntamiento de Málaga modifica la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Protección del Espacio Urbano

El Ayuntamiento de Málaga modifica la Ordenanza de Convivencia Ciudadana y Protección del Espacio Urbano

Fachada principal del Ayuntamiento de Málaga

No será posible estar en espacios público sin ropa o en ropa interior, ni con objetos sexuales

MÁLAGA- El Ayuntamiento de Málaga ha aprobado de forma definitiva la modificación de la Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga tras la resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo establecido. En concreto, la norma ha recibido luz verde en la Comisión de Derechos Sociales y Participación Ciudadana celebrada hoy y contempla la prohibición, salvo autorización, de transitar o permanecer en la vía o espacios públicos sin ropa o únicamente en ropa interior; con ropa o complementos que representen los genitales del ser humano; y con muñecos/as o elementos de carácter sexual.

La modificación de esta ordenanza se produce a causa de la proliferación, en los últimos años, de determinadas conductas ligadas en su mayoría con celebraciones privadas, como es el caso de las despedidas de soltero y soltera con la utilización exclusiva de ropa interior o de contenido erótico en los espacios públicos. Esta situación ha propiciado que el Ayuntamiento adopte una nueva regulación con el objeto de preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo que da cabida a la pluralidad de expresiones y de formas de vida diversas que enriquecen nuestra ciudad.

Se parte, para ello, de un principio de garantía de los derechos y libertades individuales y se ajusta a las medidas punitivas al principio de intervención mínima. De esta manera, las conductas individuales sólo se tipifican como infracciones en la medida en que afectan o impiden el libre ejercicio de las demás personas. En definitiva, con esta nueva regulación se pretende poner freno a algunos comportamientos incívicos que puedan perturbar la convivencia entre los vecinos y visitantes de nuestra ciudad.

Así, se ha incluido un apartado séptimo en el artículo 36 y un apartado tercero en el artículo 38 del capítulo VI (usos inadecuados del espacio público) de la Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana con el siguiente tenor literal:

“Artículo 36.7. Salvo autorización municipal para lugares concretos, se prohíbe transitar o permanecer en la vía o espacios públicos:

a) Sin ropa o únicamente en ropa interior.

b) Con ropa o complementos que representen los genitales del ser humano.

c) Con muñecos/as o elementos de carácter sexual”.

“Artículo 38.3. En los supuestos contemplados en el apartado 7 del artículo 36, los/as agentes de la autoridad informarán, en primer lugar, a las personas involucradas respecto a la existencia de la prohibición contemplada en la presente ordenanza, y sólo si se persiste en la actitud no permitida, se procederá a la formulación de la denuncia pertinente.

Advertida la referida conducta y con independencia de las sanciones que pudieran imponerse, los/as  agentes de la autoridad podrán requerir el cese de la conducta  que vulnere la prohibición contenida en el artículo 36.”

Asimismo, el artículo 37 de la ordenanza establece que "las conductas descritas en los apartados del artículo anterior tendrán la consideración de faltas leves, […] y serán sancionadas con multa de hasta 750,00 euros”.

Esta propuesta normativa fue sometida en el Portal de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Málaga al trámite de Consulta Pública del 15 al 29 de septiembre de 2022 y al trámite de Audiencia del 9 al 22 de noviembre de 2022, así como un trámite de información pública y audiencia a los interesados del texto aprobado por el Pleno del 15 de marzo al 28 abril de 2023 en: http://portalparticipacion.malaga.eu/. La modificación de la ordenanza entrará en vigor una vez que el Pleno apruebe el próximo 27 de septiembre el dictamen al que hoy ha dado luz verde la Comisión y éste se publique íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

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