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El TSJA anula parte de la Zona de Bajas Emisiones de Málaga por “discriminar” a conductores de fuera

El TSJA anula parte de la Zona de Bajas Emisiones de Málaga por “discriminar” a conductores de fuera

Zona de Bajas Emisiones de Málaga./ Andalucía Informa

El recurso de Vox cuestionó el trato distinto a los coches empadronados

MÁLAGA - El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la regulación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Málaga tras estimar parcialmente el recurso presentado por el grupo municipal Vox contra la Ordenanza de Movilidad de la Ciudad de Málaga, publicada en noviembre de 2024, al considerar que el sistema de acceso establecía un trato desigual entre vehículos en función de su municipio de residencia.

En concreto, la resolución judicial cuestiona que la ordenanza municipal permitiera circular por la zona restringida a vehículos sin etiqueta medioambiental siempre que estuvieran domiciliados en Málaga, mientras que imponía limitaciones a vehículos con las mismas características procedentes de otros municipios. El tribunal entiende que esta diferenciación no está suficientemente justificada y vulnera los principios de igualdad y libre circulación.

La sentencia no entra a cuestionar la obligación de implantar una Zona de Bajas Emisiones, sino la configuración concreta del modelo aplicado por el Ayuntamiento de Málaga, especialmente en lo relativo a las excepciones previstas.

En los dos primeros meses desde la entrada en vigor del régimen sancionador, la ZBE de Málaga registró cerca de 12.000 multas por accesos indebidos a la zona restringida.

A partir de ahora, el Ayuntamiento cuenta con un plazo de 30 días para interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en el que tendrá que fundamentar los criterios aplicados para limitar el acceso de la mayoría de vehículos a la zona regulada. 

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