La organización considera un avance su uso obligatorio en todos los vehículos
MÁLAGA - La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla valora positivamente la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Circulación, aprobado mediante Real Decreto y publicado en el Boletín Oficial del Estado, que establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad para los conductores de taxi durante la prestación del servicio, poniendo fin a una excepción histórica que permitía circular sin este elemento básico de protección.
Para la Asociación, esta modificación supone un paso adelante en materia de seguridad vial y responde al principio de que todos los profesionales del transporte de viajeros deben ofrecer las máximas garantías tanto para sí mismos como para los usuarios.
El presidente de la Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla, Pablo García-Trespalacios, ha señalado que: "Celebramos esta modificación porque refuerza la seguridad de los profesionales y de los pasajeros. Resultaba difícil entender que una medida tan básica como el uso obligatorio del cinturón de seguridad no se hubiera aplicado con anterioridad a los conductores de taxi."
No obstante, la Asociación considera que el nuevo texto reglamentario mantiene una excepción que resulta difícilmente justificable desde el punto de vista de la seguridad de los menores.
En concreto, el artículo 118 del Reglamento General de Circulación establece que los taxis que circulen en tráfico urbano o en áreas urbanas de grandes ciudades podrán transportar a menores de estatura inferior a 135 centímetros sin utilizar un sistema de retención infantil homologado, siempre que ocupen los asientos traseros.
Para la Asociación, esta excepción genera una situación difícil de comprender, ya que es una medida que está comprobada que mejora la seguridad del menor y además en los vehículos VTC este elemento es obligatorio, y nos parece muy adecuado. En el servicio VTC los menores van más seguros porque es obligatorio utilizar los SRI (Sistemas de Retención Infantil) a la vez que no se puede entender que se exima a una modalidad del transporte de su uso obligatorio cuando está demostrado la seguridad que aportan estos sistemas.
En palabras de Pablo García-Trespalacios: "Nos preocupa especialmente la seguridad de los menores. Si un sistema de retención infantil es imprescindible para proteger a un niño cuando viaja en un vehículo particular, resulta incoherente que esa misma exigencia no se aplique cuando el desplazamiento se realiza en un taxi. La seguridad debe ser la misma con independencia del vehículo en el que se viaje."
La Asociación considera que la normativa debería avanzar hacia un marco regulatorio homogéneo para todos los servicios profesionales de transporte de viajeros, evitando diferencias que no encuentran justificación desde la perspectiva de la seguridad vial. "La protección de los menores no puede depender del tipo de autorización administrativa del vehículo. Debe responder exclusivamente a criterios de seguridad", concluye García-Trespalacios.
La Asociación VTC Andalucía, Ceuta y Melilla confía en que esta cuestión pueda ser revisada en próximas modificaciones reglamentarias para garantizar un tratamiento coherente entre todos los operadores del transporte público de viajeros y reforzar la protección de los usuarios más vulnerables.




